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Solicitud de Derechos de Agua

Las aguas terrestres son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares un derecho de aprovechamiento sobre ellas de acuerdo a los procedimientos y requisitos que se establecen en el Código de Aguas del año 1981 y sus modificaciones del año 2005.

 

Para solicitar un derecho de aprovechamiento, es necesario presentar una solicitud dirigida al Director General de Aguas, la cual debe ser ingresada de acuerdo a su procedencia en la Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas de la provincia en que se encuentra ubicado el punto de captación de las aguas que se desean constituir.

 

Nuestras Solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas se ajustan a lo exigido en el código de aguas vigente con el fin de obtener el derecho de aprovechamiento que permite la ley y beneficia a cada ciudadano.

 

 

 

 

 

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